La Asamblea General Extraordinaria de
Accionistas de EPM Ituango aprobó la propuesta para que EPM ejecute
directamente, y no a través de EPM Ituango, el contrato “BOOMT” ((sigla en
inglés de “construir, operar, mantener, explotar comercialmente y devolver” a
los 50 años la central) y los demás contratos que tiene suscritos para su
ejecución, así como los derechos y obligaciones inherentes al mismo. La mayoría
de los accionistas minoritarios privados (el 0.45%) votaron en contra.
Por la posición contractual, EPM
pagará a EPM Ituango un valor de $18.519.893.719. Adicionalmente, se aprobó la
venta a EPM de los activos asociados al proyecto por un valor de
$785,556,468,350, según balance a diciembre 31 de 2012, más la inversión que
realice EPM Ituango entre el 1 y el 11 de enero de 2013.
La aprobación de la cesión del contrato
a EPM permitirá reflejar los beneficios financieros correspondientes al
contrato de estabilidad jurídica firmado por EPM con la Nación y realizar una
inversión social adicional, por US$100 millones, para mejorar la calidad de vida de la población
del área de influencia de la hidroeléctrica, buscando la viabilidad y
sostenibilidad del territorio, principalmente en educación, salud, desarrollo
de proyectos productivos y realización de obras de infraestructura.
Los municipios que se beneficiarán de
la inversión social adicional que harán la Gobernación de Antioquia y EPM,
serán Briceño, Buriticá, Ituango, Liborina, Peque, Olaya, Sabanalarga, San
Andrés de Cuerquia, Santa Fe de Antioquia, Toledo, Valdivia y Yarumal.
Al resaltar las posibilidades que
ofrece el esquema aprobado en la Asamblea, el Gerente General de EPM, Juan
Esteban Calle Restrepo, reiteró que como empresa pública EPM tiene la
obligación de buscar los mecanismos que generen economía, eficiencia y
optimización de los recursos, tanto públicos como privados, procurando siempre
incrementar los beneficios para la comunidad y los dueños.
El objeto social de EPM Ituango es
desarrollar el proyecto hidroeléctrico Ituango bajo el contrato BOOMT. Al ser
cedido el contrato, esa empresa entra en causal de disolución, razón por la
cual las alternativas para esta sociedad se someterán a consideración en una
próxima asamblea.
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